Por Mariana Muñiz Lara
La irresponsabilidad, la falta de razonamiento lógico y de sensibilidad, y la actitud violenta y provocadora de la administración de la Universidad de Puerto Rico (UPR) son tales que actúan de forma contraria a sus propios actos y expresiones.
Evidencia #1
Hoy, sábado, primero de mayo, en un escueto comunicado de prensa, la rectora interina del Recinto de Río Piedras de la UPR, Ana Guadalupe, anuncia que el lunes 3 reanudarán las labores administrativas y gerenciales en el campus y que el martes 4 reiniciarán las clases.
Esta comunicación se da luego de que la UPR apelara en el Tribunal Supremo una orden del juez superior José Negrón Fernández para que, precisamente, para el lunes 3, levantara el receso administrativo y académico, que tiene paralizada la institución docente desde el 21 de abril.
La orden se basa en que la Rectora no cumplió con los requisitos de sus propios reglamentos al decretar el receso y, al momento del dictamen, no había subsanado ese error. Nunca ha emitido una resolución fundamentada que justifique su determinación, vigente por tiempo indefinido.
El hecho de que la Universidad acudiera al Supremo y este foro acogiera su recurso tiene el efecto de paralizar la orden del juez Negrón Fernández hasta que el Supremo dilucide los argumentos de ambas partes. El alegato de los estudiantes que solicitaron el interdicto preliminar contra la Universidad se entrega el lunes 3.
Si va a levantar el receso como le pidió el juez, ¿para qué va al Tribunal Supremo y torna académico su propio recurso?
Evidencia #2
En la vista del jueves 29, la Rectora testificó que su “deseo” era que se pudieran reiniciar las labores académicas y administrativas en la Universidad, cosa que le ordenó hacer el juez Negrón Fernández el miércoles 28.
Si es su deseo y se le está ordenando, ¿por qué no levantó el receso entonces y viene a anunciarlo con un recurso pendiente en el Supremo?
Evidencia #3
“Mientras han cerrado el Recinto, vienen al tribunal a decir que los estudiantes no están permitiendo la entrada”, argumentó el abogado Juan Santiago, en la vista del jueves 29, al solicitar la desestimación contra la prueba de la solicitud de interdicto preliminar de la UPR contra Gabriel Laborde, dado que no se presentó evidencia directa que vinculara al único demandado en el pleito con los hechos alegados en la demanda.
La Universidad procedía con “manos sucias”, cosa que no se puede hacer cuando se solicita un remedio en equidad, como lo es el “injunction”.
Evidencia #4
En el caso del interdicto de la UPR contra Laborde, presidente del Consejo General de Estudiantes de Río Piedras, la institución incumplió con las formalidades que requiere este tipo de recurso: que sea jurado, con conocimiento personal de los hechos.
La demanda, firmada bajo juramento por Guadalupe, señala que le constan de propio y personal conocimiento los hechos alegados en ésta, incluyendo el estado de todos los portones del Recinto, que tres personas rociaron con gas pimienta a 19 guardias, y que habían manifestantes encapuchados, con tubos y pedazos de madera. Sin embargo, testificó que no vio ninguno de estos actos ni inspeccionó el área; tampoco tenía una certificación de los supuestos daños.
Más importante aun, declaró que no examinó documento alguno entre las 5:15 y las 9:45 de la mañana de ese día y que no recordaba cuándo ni dónde le tomaron el juramento para la demanda. El recurso juramentado fue entregado en el Tribunal a las 9:40 de ese día y hablaba de hechos ocurridos después de las 5:15.
El abogado contratado por la Universidad, Jorge Pérez Díaz, alegó que a las personas que ocupan altos puestos en las entidades se les imputa que tienen conocimiento personal de todo lo que allí ocurre. Dijo que la Rectora estaba representando a la Universidad, hecho que no se especifica en el juramento, y que no era práctico que la parte demandante, la que tiene el peso de la prueba, tuviera que buscar declaraciones juradas de todas las personas que tuvieran conocimiento de los hechos. No se trata de si es práctico o no, sino de que no se pueden tomar determinaciones judiciales basadas en hechos que no se sabe si son ciertos.
Evidencia #5
En la vista del jueves 29, a pesar de que no se probó hecho directo alguno relacionado con la participación de los y las estudiantes en los portones contra el compañero Laborde, más aun cuando él estuvo en el Tribunal casi todo el tiempo, desde el pasado viernes 23, cuando fue emplazado, Pérez Díaz dijo que “Laborde es el líder indiscutible de este paro, que empezó el 21 de abril y todavía continúa” y sometió una moción de desacato en su contra.
Los únicos hechos que se le pueden adjudicar a Laborde son que presidió la Asamblea General de Estudiantes del 13 de abril, en la que el estudiantado, de forma democrática y legítima, aprobó el voto de paro, y que es parte del Comité Negociador que se seleccionó allí. Pérez Díaz alegó, y el Tribunal de Instancia tomó como cierto sin verificarlo, que el Comité Negociador dirige el paro y que Laborde es el presidente de éste. La realidad es que el Comité no lidera el paro ni tiene presidente y Laborde ni siquiera es uno de los portavoces de este grupo de 16 estudiantes que se dedican a buscar que la Junta de Síndicos escuche sus propuestas para una mejor Universidad.
Evidencia #6
La representación legal contratada por la Universidad alegó que la parte demandada no podía presentar un alegato para pedir la desestimación por no haberse probado el caso por ser ésta una vista de “injunction” y no un juicio. Esto va en contra de sus propios actos, pues presentaron este tipo de moción en la vista de “injunction” de los estudiantes contra la Universidad, la semana anterior y el semestre pasado.
Evidencia #7
También quedó demostrado que la Universidad miente cuando dice que no hay dinero para las exenciones de matrícula que permiten que estudiantes sumamente talentosos y talentosas en el área académica y en la deportiva puedan recibir una buena educación, a la vez que realzan el prestigio de la institución y del País, con sus investigaciones, sus publicaciones, sus participaciones en congresos, sus premios en competencias, sus logros en justas atléticas y la calidad de seres humanos que muestran ser cada vez que representan a su alma máter.
¿Cómo pueden decir que no hay fondos para invertir en estos y estas estudiantes y, a su vez, gastar miles y miles de dólares en pagar una representación legal externa? ¿Cómo le niegan oportunidades a quienes deben ser la razón de ser de la Universidad y se le regalan dinero a Pietrantoni Méndez & Álvarez, uno de los bufetes más costosos de Puerto Rico, teniendo abogadas y abogados internos?
No sorprende por parte de un Gobierno que impulsa la privatización para beneficiar a unos pocos y de una Rectora que, a la pregunta de una periodista de si estaba orgullosa de la calidad de estudiantes que forma su institución, aunque la hubieran demandado, luego de que el juez felicitara a los compañeros Fernando Moreno Orama y Jorge Farinacci Fernós por el profesionalismo que mostraron en su desempeño, contestó que no tenía comentarios.
Colofón
En su solicitud al Supremo, la Universidad alega que “sufre el embate de una ola de manifestaciones violentas e ilegales”. La única violencia que el Pueblo de Puerto Rico ha atestiguado estos días es la de la administración universitaria, en convenio con los entes del Gobierno que le mueve los hilos, que, mediante sus acciones contradictorias, le cierra las puertas al diálogo que, desde un principio y al día de hoy, claman pacíficamente quienes quieren y defienden su Universidad.
Bueno, al principio del paro nosotros los estudiantes también estábamos llenos de contradicciones. Debemos agradecer a los profesores y líderes independentistas que nos prestaron sus discursos para que lo que pedimos haga sentido.
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