12 de enero de 2011

Un préstamo con sindicatura para la UPR

Por Michel J. Godreau Robles*


Vea el contrato de préstamo aquí.

Suponga usted que necesita tomar dinero prestado para algún proyecto, como adquirir una propiedad, construir su casa, comprar un automóvil o cualquier otra inversión. ¿Aceptaría usted como condición para que el banco le prestara, digamos $50,000.00, darle una instrucción a su patrono para que cada quincena le envíe el cheque de su salario directamente al banco, de forma que éste cobre primero los intereses y el principal del préstamo y, si sobra algo, le envíe a usted el resto? ¿Aceptaría usted, como condición para obtener el préstamo, autorizarle a cualquier ejecutivo del banco modificar, en cualquier momento, los términos y condiciones del préstamo, según el banco entienda conveniente?

Excepto que usted estuviera prácticamente en la bancarrota, las condiciones anteriores serían inaceptables para cualquier persona sensata que se respete a sí misma. Desafortunadamente, las cualidades de sensatez y de respeto propio no parecen existir en los espíritus de los síndicos mayoritarios de la UPR. Veamos.

Hace unos días obtuve copia del Contrato de Préstamo suscrito por la UPR y el Banco Gubernamental de Fomento, con fecha del 8 de octubre de 2010. Aunque usted no lo crea, todas las condiciones leoninas inaceptables reseñadas anteriormente y otras más aparecen en dicho contrato. Este préstamo representa la entrega de la administración financiera de la Universidad al gobierno.

Así, por ejemplo, la UPR pactó en el Artículo 2 lo siguiente: “La UPR someterá evidencia de la instrucción que debe impartir al Departamento de Hacienda para que a partir de enero de 2011, remita directamente al BANCO los fondos asignados mediante fórmula a la UPR, los cuales estarán pignorados a favor del BANCO hasta cubrir el saldo total de principal e intereses acumulados bajo esta LÍNEA DE CRÉDITO”.

La fórmula del 9.6% de los ingresos del ELA es una de las garantías con que contaba la UPR para su autonomía fiscal. Precisamente para garantizarle a la Institución que en su búsqueda de la verdad y en la defensa de los valores que informan a nuestro país, Centre ellos y sobre todos la libertad para ser críticos y creativos en la búsqueda de solucionesC, no intervendrían los gobernantes de turno fue que se aprobó por Ley en el 1966 que a la UPR le correspondería el 9.6% de los ingresos del ELA, para evitar así que cada gobierno estrangulara a la Universidad recortándole su presupuesto. Esa autonomía la ha echado por la borda, en primer lugar, el gobierno de turno vía la Ley 7 del 2009 que eliminó partidas de ingresos del ELA a los que debió aplicárseles la fórmula, y en segundo lugar, los actuales administradores antiuniversitarios que comparten la mentalidad mercantilista de que la Universidad no es una inversión sino un gasto que mejor sería no tenerlo.

Con este contrato de préstamo le han entregado la autonomía fiscal de la UPR al gobierno vía su Banco, disponiendo específicamente en la Sección 2.11 que cuando la institución le solicite adelantos al Banco de la Línea de Crédito “debe incluir una breve descripción de los usos que se le dará a los fondos para los que se solicita el desembolso”.

Y no es que la banca comercial no pueda exigirles a algunos de sus clientes que, a cambio de líneas de crédito, les pignoren o cedan los contratos de construcción o de servicios profesionales de forma que el banco cobre su préstamo y le remita al contratista lo que sobre. La diferencia está, no obstante, en que, primero, la Universidad no es un comerciante o contratista privado, y segundo, en que el Banco Gubernamental de Fomento no se fundó únicamente para hacer ganancias con sus préstamos, sino para fomentar el desarrollo económico del país, para lo cual incluso la Ley que lo creó le autoriza, en su Carta Constitucional, (7 LPRA secc. 552) a “prestar dinero, con o sin garantías, al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, o a cualquier agencia, instrumentalidad, comisión, autoridad, municipio o subdivisión política de Puerto Rico”. ¿Por qué los administradores aceptaron este contrato tan denigrante para la UPR?

Como si lo anterior no bastara para demostrar la rendición y sumisión total de los presentes jerarcas, el Artículo 4 del contrato dispone que “El Presidente del BANCO, el Vicepresidente Ejecutivo . . . o cualquier Vicepresidente designado por éstos, podrá incluir aquellos términos y condiciones adicionales que considere necesarias para proteger los intereses del BANCO”. Además, la UPR renuncia a levantar contra el Banco toda una serie de defensas que en ciertas circunstancias podrían detener el cobro del préstamo como serían las de “compromiso, compensación, transacción, prórroga, renovación o extensión de cualquier derecho contractual o instrumento legal y, en general, a toda otra formalidad legal”. Y para coronarlo todo, ¡la UPR acepta pagar al Banco por estos “servicios de asesoría financiera” la suma de $83,333.33!

No hay otra interpretación: es la entrega total. La Institución está bajo sindicatura de quienes nada entienden sobre la misión de la Universidad.

Pero la entrega no termina aquí. La UPR no está en bancarrota; al contrario, tiene activos cuantiosos que podrían resolver, no sólo su problema inmediato de flujo de caja, sino su presupuesto y que harían innecesario aumentar el costo de la matrícula, que, dicho sea de paso, viola compromisos contractuales de la Administración contraídos luego de la huelga del 2005. ¿Dónde están esos activos? Sencillamente en los cientos de millones de dólares que le adeuda el gobierno del ELA a la Universidad, por servicios prestados, como lo son el Departamento de Salud y la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (ASEM), entre otras agencias estatales. ¿Por qué entonces la actual administración de la Universidad no ha gestionado enérgicamente el cobro de esas deudas? ¿Por qué el propio Banco Gubernamental de Fomento, que en el mismo contrato de préstamo reconoce que las agencias del gobierno le deben cientos de millones de dólares a la UPR, no gestiona con esas agencias el pago a la UPR de lo que se le debe?

La verdad es que ¡quien tendría que tomar dinero prestado al Banco son las agencias, es decir, el propio gobierno del ELA para pagarle a la Universidad lo que le debe!

Sin embargo, gracias a la actitud irresponsable de los actuales administradores y a la visión mercantilista antiintelectual de los directivos del gobierno, la Universidad tiene que soportar el castigo de los miopes que sólo tienen como Norte el rendimiento inmediato del dinero, faltando así a los fines expresos que disponen tanto la Ley de la Universidad como la del Banco Gubernamental de Fomento.

La Universidad no está en quiebra, tiene cuantiosos activos y existen los mecanismos para dotarla de liquidez sin echarle esa carga a los estudiantes. El gobierno del ELA le debe cientos de millones a la Universidad y tiene de dónde hacérselos llegar a la institución. ¿Por qué tiene que ser la Universidad, acreedora del ELA, la que tiene que recurrir al Banco Gubernamental a pedir dinero prestado bajo las condiciones más onerosas, cuando sólo bastaría que le pagaran lo que se le debe? ¿Por qué, en vez de pignorar la fórmula de la UPR, no se pignoran los presupuestos de las agencias que le deben a la institución y se resuelve de una vez y por todas la inaceptable morosidad en el pago de estas deudas?

Eso lo entendería, lo propondría y lo defendería enérgicamente cualquier negociante común. Con mediana inteligencia, pero con una fuerte convicción en que la Universidad de Puerto Rico es la mejor inversión para el país, podría restituírsele a nuestro primer centro docente la estabilidad financiera que requiere sin que sean los estudiantes quienes tengan que pagar lo que el ELA debe.

*El autor es Catedrático de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.

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