Por Mariana Muñiz Lara
El Tribunal Supremo de Puerto Rico acogió hoy el planteamiento de los estudiantes de Derecho Jorge Farinacci Fernós y Fernando Moreno Orama de que el recurso de certificación presentado por la Universidad de Puerto Rico (UPR) ante ese foro era académico.
Con esta decisión, se deja sin efecto la orden de interdicto emitida por el juez superior José Negrón Fernández a favor de los estudiantes para que, en o antes del 3 de mayo, la rectora interina Ana Guadalupe levantara el receso académico y administrativo que decretó el 21 de abril. El mismo 3 de mayo, la rectora levantó el receso, por lo que el caso era académico.
“Estamos satifechos con la determinación y entendemos que valida el proceso de negociación entre universitarios que se está llevando a cabo actualmente”, dijo Moreno Orama, en referencia a las reuniones del Comité Negociador de Estudiantes y la Junta de Síndicos con miras a alcanzar acuerdos que puedan dar fin al conflicto huelgario.
La doctrina de academicidad prohíbe que se vean en sus méritos casos cuya controversia ya se resolvió, dado que los tribunales no pueden adjudicar cuestiones que no representen una controversia real y actual.
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